lunes, 4 de julio de 2011

OFICIALIZACIÓN DE BOLETAS

                              LA RIOJA,

VISTO: la presentación de la lista VERDE POPULAR RIOJANO para su oficialización de los modelos de Boleta de sufragio; y 
  Y RESULTANDO:
QUE comparece el apoderado de la lista VERDE POPULAR RIOJANO, solicitando la oficialización de los modelos de boleta de sufragio correspondientes a la lista de precandidatos a Diputados y Senadores Nacionales (titulares y suplentes) para las elecciones primarias abiertas, simultaneas y obligatorias del 14 de agosto del año en curso.
QUE a tales fines acompaña 4 (cuatro) ejemplares de modelos de Boleta de sufragio mencionados; destacando que 2 (dos) de ellos deberán ser remitidos, a los fines de su aprobación formal, al Juzgado Federal con competencia electoral del distrito La Rioja, dentro de las 24 hs. de producida la Oficialización requerida a la Junta Electoral Partidaria.
 Y CONSIDERANDO
 QUE conforme surge de la verificación de la documentación acompañada, en primer termino se constata que en las boletas de sufragio se encuentran consignados apellido y nombre (en algunos casos con apodos declarados al momento de la presentación la lista) de los precandidatos, como así también los cargos de senadores y diputados nacionales (titulares y suplentes), los que concuerdan con la lista que fuera oficializada mediante Resolución Nº 002/11 de esta Junta Electoral Partidaria.
QUE asimismo, los modelos de Boleta acompañados cumplen con las dimensiones de 12 x 19 requeridas por el Art. 62º del Código Nacional Electoral, y se hallan consignados en su parte superior el tipo y la fecha de elección, denominación conforme lo requerido por el Art. 38º, 3º párrafo de la Ley Nacional Nº 26.571.
QUE las mismas se encuentran confeccionadas en papel tipo obra (60 gramos) de acuerdo a lo prescripto en el Art. 1º del Decreto Nacional Nº 444/11, e identificadas en su anverso con el color verde pantone 3375 U, el cual fuera oportunamente reservado y aprobado mediante Resolución Nº 13, emitida con fecha 30 de junio del corriente año por el Juzgado Federal con competencia Electoral.
QUE las fotografías de los precandidatos se encuentran correctamente insertas en el tercio central de la misma, en virtud a lo previsto en el Art. 1º del Decreto Nacional Nº 444/11.
QUE por todo lo expuesto y habiéndose presentado los modelos de Boleta de Sufragio dentro de los plazos legales exigidos por el Art. Art. 38º, cuarto párrafo de la Ley Nacional Nº 26.571, se concluye que la lista VERDE POPULAR RIOJANO compareciente, ha dado cumplimiento en debida forma a las exigencias legales requeridas, por lo cual la petición de oficialización de las Boletas de Sufragio debe ser acogida favorablemente.
QUE en virtud de las disposiciones legales citadas y a lo dispuesto por el Art. 64º del Código Electoral Nacional.
POR ELLO.-
LA JUNTA ELECTORAL
DEL FRENTE POPULAR RIOJANO
RESUELVE:
1º.- OFICIALIZAR los modelos de Boletas de Sufragios de Senadores y Diputados Nacionales (Titulares y Suplentes) pertenecientes a la  lista VERDE POPULAR RIOJANO en la forma presentada.
2º.- Protocolícese, notifíquese al Juzgado Federal con competencia Electoral del Distrito La Rioja y al Sr. Apoderado de la Lista “VERDE POPULAR RIOJANO”, conforme al procedimiento de estilo.-

RESOLUCION J. E Nº 03/11



         …………………………..                               ………………………….
         Dra. Analía Rosana Porras                               Sra. Mabel Estela Zalazar
                      Presidente                                                        Secretaria



            ………………………………                      …………………………..
            Cra. Alejandra Isabel Mercado                     Sr. Claudio Fabián Oliva
                                Vocal                                                          Vocal


                                               ………………………………
                                               Dra. Adriana Raquel Costanzo
                                                                  Vocal


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